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Nuevo ROTT: 11 grandes transformaciones

Fuente: diariodelpuerto.com

El 20 de febrero fue publicado en el BOE el nuevo Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), fruto de la modificación de la LOTT en 2013. Con seis años de retraso, el nuevo ROTT se publica ahora adaptado a la reciente normativa europea y a los criterios sancionadores establecidos por la Comisión Europea en 2016 contra España por el mínimo de vehículos para el acceso a la profesión.

El nuevo reglamento modifica sustancialmente la anterior legislación e introduce nuevos requisitos en materia de acceso al mercado, acceso a la profesión, capacitación profesional del gestor de transporte, pérdida de honorabilidad, representación del CNTC, descanso en cabina o digitalización del control administrativo, claves muy importantes a tener en cuenta por todos los transportistas.

1. ACCESO AL MERCADO

Una de las primeras modificaciones que más controversia ha acarreado en estos últimos seis años ha sido la del acceso al mercado.

En este nuevo decreto, explica CETM a Diario del Puerto, “aparece un condicionante importante en referencia a la dimensión mínima de tres vehículos para acceder al mercado de transporte”.

En este sentido, el nuevo reglamento elimina todo lo relativo a dimensión mínima, pudiendo accederse al mercado con un sólo vehículo de transporte. Esta medida es de inevitable aceptación por parte del sector del transporte, “puesto que viene impuesta por la Unión Europea”, señala CETM, si bien la Confederación entiende que esta medida puede incentivar la baja capacidad de negociación que ya disponen las empresas transportistas.

“La pequeña estructura empresarial que tienen la mayoría de las empresas de transporte y la baja formación que todavía tiene el sector son las principales causas de una inferior capacidad de negociación frente a los proveedores”, detalla  CETM.

2. EDAD MEDIA DE FLOTA

Si bien se mantiene en la nueva normativa que una empresa no pueda acceder al mercado de transporte con un vehículo que supere los cinco meses de antigüedad, con la nueva legislación aparece un nuevo condicionante: el del arrendamiento ordinario. Según explica CETM, la actual normativa permite que, para acceder al mercado de transporte, una persona física o jurídica pueda solicitar a la Administración una autorización que habilite su ejercicio de la profesión estando en posesión de un contrato de propiedad sobre el vehículo adquirido por compraventa o leasing.

El posterior incremento de flota se podría hacer mediante renting, especifica CETM. Para evitar que un empresario pudiera arrendar un vehículo con una antigüedad inferior a cinco meses, solicitar la autorización de transporte, ampliar su flota adquiriendo un vehículo con una antigüedad superior, solicitar autorización para ese vehículo y una vez conseguida esta, rescindir el primer contrato de arrendamiento -lo que supondría que habría accedido al mercado con un vehículo de gran antigüedad- en el último momento se consiguió incluir en el ROTT un apartado donde el empresario puede seguir ampliando flota después de acceder al mercado con un solo vehículo si bien la ampliación deberá hacerse siempre con unidades que no superen la media de antigüedad de la flota anterior. El objetivo es evitar un posible perjuicio al mercado, a la sostenibilidad y a la seguridad vial.

3. REQUISITOS FORMACIÓN

La modificación más destacable en materia de acceso a la profesión es la elevación de los requisitos de formación.

En este sentido, la normativa establece un nuevo examen de capacitación, que se comenzará a aplicar a partir del 1 de julio de 2020, por el cual sólo se podrán presentar a dicho examen aquellas personas con un nivel mínimo de estudios de Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio.

4. GESTOR DE TRANSPORTE

El nuevo ROTT, además, concreta la figura del gestor de transporte, definiéndolo como aquella persona con vinculación real y efectiva con la empresa y capacitada con el mínimo de formación requerida que deberá verificar, organizar y supervisar que la empresa cumpla con todas las obligaciones para ejercer las operaciones de transporte de mercancías.

Según establece el reglamento, el gestor deberá resultar acreditado en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda o estar dado de alta por el titular de la autorización en dicho régimen a tiempo completo “en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller”.

La novedad se genera al entender que un autónomo dado de alta a jornada parcial sí dispone de un periodo transitorio para adaptar su horario al requerido y ejercer de gestor de transporte mientras que una persona jurídica o empresa que tiene a un gestor contratado en horario parcial no dispone de dicho periodo transitorio.

Otro apartado que la legislación mantiene es la capacidad de que una misma persona pueda ejercer como gestor de transporte de distintas empresas cuando el capital de éstas pertenezca en más de un 50% a un mismo titular.

5. PARTICIPACIÓN DEL 15%

La normativa española permite que, cuando el titular de la autorización sea una persona jurídica, el gestor de transporte puede ser cualquiera de las personas físicas que la integren, “siempre que resulte acreditado que su participación en el capital social es igual o superior al 15%”.

Sin embargo según la normativa europea, una persona física puede aportar su capacitación a un máximo de cuatro empresas, con el requisito de que ninguna de ellas disponga de más de 50 vehículos.

En este sentido, el CNTC ha solicitado a la Dirección General de Transporte Terrestre una resolución interpretativa donde esto se clarifique, especialmente para que el sector sepa a qué atenerse y no cometer posibles infracciones por desconocimiento o interpretación equívoca de la norma.

6. HONORABILIDAD

Otra medida incluida en el nuevo ROTT es la posibilidad de pérdida de honorabilidad, que será de aplicación tanto para la empresa como para el gestor de transporte por haber ejecutado la empresa una infracción muy grave o la acumulación de varias infracciones muy graves y graves, tipificadas en el nuevo Índice de reiteración infractora (IRI), anexado al reglamento.

En este apartado de la normativa se incluyó al final un artículo para que hubiera una responsabilidad que fuera correlativa a la dimensión de la empresa. “No entendíamos que fuera igual la pérdida de la honorabilidad para un transportista que dispone de un solo camión que la de un transportista que dispone de un gran número de vehículos en su flota y corre el riesgo de cometer más infracciones”, señala CETM.

7. DESCANSO SEMANAL

El nuevo Real Decreto modifica el baremo sancionador para las empresas de transporte terrestre endureciendo las multas por exceso de peso y sancionando la realización del descanso semanal normal utilizando la cabina del vehículo.

8. CONCURSO ACREEDORES

En base a la nueva normativa, desaparece el término concurso de acreedores para el sector del transporte terrestre, asimilándolo al término de pérdida de la capacidad financiera.

La pérdida de la capacidad financiera, al igual que la pérdida de la capacitación profesional o la honorabilidad, inhabilitará al empresario para el ejercicio de su profesión durante un año o hasta que responda positivamente a su capacidad económica y financiera.

9. NUEVO CNTC

El nuevo ROTT también modifica la composición del Departamento de Transporte de Mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC). En la actualidad está conformado por ocho secciones: Ligeros, Nacional, Internacional, Carga Completa, Carga Fraccionada, Transitarios, Almacenistas/Distribuidores y Centros de Transporte.

Ahora, el Departamento se estructura en 4 secciones: Transporte Nacional (55 votos), Transporte Internacional (20), Operadores de Transporte (45) y Centros de Transporte (5).

Para medir la representatividad en las dos primeras secciones se tendrá en cuenta el número de empresas afiliadas y el número de camiones que poseen. En el caso de los Operadores de Transporte, lo que se valorará es el número de empresas y su número de trabajadores. En cuanto a los Centros de Transporte, sólo se valorará el número de asociados.

Se exigirá tener presencia acreditada en cuatro comunidades autónomas como mínimo para poder estar dentro del CNTC.

10. CARTA DE PORTE

Tras meses esperando su aprobación, el nuevo reglamento elimina la obligatoriedad de llevar la carta de porte en formato físico a bordo de los vehículos.

“Esto reduce significativamente las cargas administrativas y la obligatoriedad de llevar a bordo de los camiones las autorizaciones pertinentes para ejercer la actividad del transporte de mercancías”, se añade desde la Confederación.

11. VISADOS

Por último y respondiendo a una de las principales demandas del sector, con el nuevo ROTT se reducen las cargas administrativas eliminando la obligatoriedad de que las empresas efectúen personalmente sus visados cada dos años ante los órganos de la Administración de las distintas Comunidades Autónomas.

Con la nueva normativa, el visado lo asume la Administración, que gestionará directamente y a nivel interno si una empresa dispone de todos los requisitos necesarios para continuar en posesión de sus autorizaciones de transporte.

Contrato de transporte terrestre de mercancías: las 4 etapas a seguir

Fuente: logismarket.es

El contrato de transporte terrestre de mercancías es aquel documento mediante el que una parte (el porteador) se obliga ante la otra (el cargador), con un precio acordado, a transportar de un origen a un destino una mercancía para dejarla en manos del destinatario en el lugar y las condiciones negociadas.

En el caso del contrato de transporte terrestre de mercancías, el traslado de las mismas se realiza en vehículos industriales que circulan por carretera. El transporte de mercancías es el servicio de logística con mayor trayectoria de externalización. Si nos fijamos en los distintos tipos de operadores que existen, en la base encontramos a las agencias de transporte que funcionan como operador 1PL.

Si estás en busca de una empresa de transporte, ¿cómo organizar el proceso de contratación? Te mostramos las cuatro etapas clave del contrato de transporte terrestre de mercancías.

 

Las 4 etapas clave del contrato de transporte terrestre de mercancías

 

1. Realiza un estudio previo de las necesidades para recabar información

Tipo de mercancía en el transporte por carreteraEn esta etapa y al igual que en un proyecto de subcontratación, hay que recabar la información exacta sobre qué tipo de transporte se requiere. Esto abarca dos variables:

  • El tipo de mercancía: peso, volumen, características especiales como si es perecedera, frágil, peligrosa…
  • Requerimientos del envío: origen y destino, grado de velocidad: urgente, estándar…

También es recomendable estudiar los objetivos que se persiguen con la nueva contratación. Es interesante también tener esbozado un presupuesto aproximado para esta labor y la forma de presentación de propuestas económicas. De esta forma, tendremos un marco de comparación común para las ofertas.

 

2. Solicitar las tarifas a los proveedores de transporte

Este punto responde a la pregunta: ¿dónde buscar agencias de transporte? La vía de origen del proveedor tiene que ser fiable. Para ello, estas son algunas opciones:

  • Marketplaces: internet ha puesto al alcance de la mano estos directorios online que agrupan y ordenan una enorme variedad de empresas con trayectoria en muy diversos sectores.
  • Recomendaciones de otros profesionales: la experiencia de otros profesionales en el ámbito de la logística y operaciones con cierta agencia de transporte puede ser una buena manera de localizar proveedores a los que pedir una propuesta.
  • Ferias sectoriales dedicadas a la logística y transporte: cada año se celebran todo tipo de ferias especializadas en diferentes partes de la cadena de suministro y también en gamas de productos concretas como el embalaje o los vehículos de almacén.
  • Revistas especializadas: muchas empresas aprovechan estos soportes para mostrar sus novedades respecto a productos y servicios de logística.

 

3. Revisa las condiciones y compara las propuestas

Con las propuestas encima de la mesa, llega el momento de compararlas a nivel de:

  • Flota de vehículos: ¿las dimensiones y capacidad de carga se adaptan a tu nivel de pedidos y requisitos de producto?
  • Rapidez: ¿cumplen con los plazos planteados?
  • Calidad del servicio: ¿existe algún plus ligado al servicio que ofrecen?
  • Precio: ¿es rentable para tu empresa? ¿Qué recargos incluye?

Si la respuesta a estas preguntas es positiva: ¡bingo! Toca negociar los términos del contrato de transporte terrestre de mercancías.

 

4. Acuerda los términos del contrato de transporte de mercancías

Esta última fase abarca la definición de las responsabilidades entre los distintos agentes del contrato de transporte y el marco jurídico del mismo en caso de que haya desavenencias entre ambas partes.

Por otro lado, cabe destacar que esta etapa cuenta con dos apartados diferenciados:

  • La preparación documental y administrativa del contrato.
  • El seguimiento de que se cumple con exactitud y la preparación de un procedimiento eficaz para tratar de resolver las eventuales incidencias.

La Autoridad Portuaria de SC de Tenerife invierte en La Estaca 50 millones de euros en 15 años

Fuente: diariodelpuerto.com

El presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Pedro Suárez, anunció ayer que el puerto de La Estaca ha recibido en los últimos 15 años una inversión que alcanza los 50 millones de euros, cantidad de la 1,2 millones se materializarán entre el año en curso y el 2020.

Dichas cifras fueron presentadas ayer en el transcurso de su reunión con la presidenta del Cabildo de El Hierro, Belén Allende, la primera de carácter institucional que cursa Suárez de Vergara a la isla, y en la que estuvo acompañado por el director de Puertos de Tenerife, Luis Santana.

En dicho encuentro el titular de la entidad portuaria manifestó que “con las inversiones en ejecución en el puerto de La Estaca hasta 2020 la instalación se suma de manera efectiva al concepto de isla sostenible que caracteriza a El Hierro”.

Por su parte, la presidenta del Cabildo, Belén Allende, afirmó que “se ha cumplido con los compromisos que se adquirieron en 2016, con la primera reunión que mantuvimos con la Autoridad Portuaria, con logros de los que podemos dar hoy cuenta”. “Así, con ganas, con unión, con fuerza y cooperación interadministrativa hemos demostrado que, si quieres, se puede. Tenemos un puerto de La Estaca que es ejemplo de un puerto de vida, con servicios para todo aquel que se adentra en él y dispuesto para albergar numerosas actividades. Estoy segura que es La Estaca y su puerto el balcón de oxígeno del municipio de Valverde y de la isla de El Hierro”, declaró.

Al respecto, entre los proyectos a ejecutar este año se encuentran destacadas mejoras en el alumbrado, que será de máxima eficiencia energética gracias al sistema LED y al que se destinarán más de 100.000 euros, y mejoras por un valor de 675.000 euros en las instalaciones de la marina deportiva, instalación que desde Puertos de Tenerife se pretende potenciar. También ha culminado ya el montaje de puntos de recarga para los vehículos eléctricos que transiten por el puerto herreño estando prevista, en breve, la compra de una grúa de cinco toneladas.

En el año en curso de destinarán 780.000 euros básicamente a mejoras en la marina e instalación de iluminación LED.
En el año en curso de destinarán 780.000 euros básicamente a mejoras en la marina e instalación de iluminación LED.

¿Qué clases y etiquetas de mercancías peligrosas existen?

Fuente: logismarket.es

Las mercancías peligrosas son un tipo de materiales u objetos que suponen un riesgo para la salud, para la seguridad del medio ambiente y de las personas. Se trata de un tipo de mercancía supeditada a una estricta regulación que marca los requisitos para su almacenamiento, manipulación y transporte. Según la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE), en total existen 9 clases de mercancías peligrosas que se identifican con códigos y símbolos específicos. Estos son los que aparecen en las etiquetas de mercancías peligrosas.

En este post vamos a desgranar a qué tipo de mercancía peligrosa corresponde cada icono para poder identificarlas correctamente. Sin embargo, antes de entrar en detalle hay que aclarar que las 9 clases diferentes no marcan el grado de peligrosidad, sino que clasifican los grupos de materiales ante los que nos encontramos.

 

1. Clase 1 de mercancías peligrosas: materias y objetos explosivos

Aquí se clasifican mercancías de diversa índole siempre relacionadas con el riesgo de explosión. Por ejemplo, aquí podremos encontrar fuegos artificiales, cohetes, detonadores y demás productos pirotécnicos.

Existe una subdivisión de materiales explosivos:

1.1. Materias y objetos con riesgo de producir una explosión en masa.

1.2. Materias y objetos con riesgo de proyección, pero no de explosión en masa.

1.3. Materias y objetos con riesgo de producir un incendio ligero, efectos de onda expansiva o de proyección, pero sin riesgo de una explosión en masa.

La etiqueta de estas tres primeras subcategorías de mercancías peligrosas cuenta con el icono de una bomba explotando y un número 1 en la parte inferior:

Etiqueta de mercancía peligrosa clase 1 con riesgo de explosión

 

1.4. Materias y objetos con un pequeño riesgo de explosión en caso de arder. La explosión se restringe a los bultos y no provocan una proyección de elementos.

1.5. Materias y objetos muy poco sensibles a la explosión en masa en condiciones normales de transporte.

1.6. Objetos extremadamente poco sensibles a una explosión.

Las etiquetas de estas otras tres subdivisiones indican el número de cada tipo (1.4.; 1.5.; 1.6.) junto al número 1 en la parte inferior:

Etiqueta mercancía peligrosa clase 1 menos riesgo de explosión

2. Clase 2 de mercancías peligrosas: gases

Los gases pueden encontrarse licuados, comprimidos o refrigerados. A su vez, se clasifican en gases asfixiantes, comburentes, inflamables o tóxicos. Hay 3 subdivisiones, aunque las etiquetas siempre incluyen el número 2 en la parte inferior:

2.1. Gases inflamables al contacto con el calor; por ejemplo el butano. La etiqueta muestra el símbolo de una llama (negra o blanca) sobre color rojo.

Etiqueta mercancías peligrosas clases 2.1. Gases inflamables

2.2. Gases no inflamables, no tóxicos. Producen asfixia al sustituir al oxígeno y, además, tienen características comburentes (favorecen la combustión más que el aire normal). Por ejemplo, mencionamos al helio.

La etiqueta se compone de una bombona en color negro o blanco sobre verde.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 2.2. Gases no inflamables no tóxicos

2.3. Gases tóxicos. Respirarlos puede provocar graves daños o incluso llegar a matar. Además, pueden favorecer la combustión, ser inflamables y corrosivos. Un ejemplo de gas de este tipo es el cloro.

Esta etiqueta contiene el icono de la calavera en color negro sobre fondo blanco.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 2.3. Gases tóxicos

3. Clase 3 de mercancías peligrosas: materias líquidas inflamables

Esta clase engloba los líquidos inflamables y explosivos líquidos insensibles, como por ejemplo la gasolina, pinturas o el aguarrás. La etiqueta comparte el símbolo de la llama, pero se distingue de la clase 2 por incorporar el número 3 en el ángulo inferior.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 3 líquidos inflamables y explosivos líquidos insensibles

4. Clase 4 de mercancías peligrosas: sólidos inflamables, sustancias que pueden sufrir combustión espontánea, sustancias que en contacto con el agua pueden inflamarse

Existen tres subcategorías, aunque en las etiquetas siempre debe aparecer el número 4:

4.1. Sólidos inflamables: se trata de sólidos que en condiciones normales de transporte son inflamables y la fricción puede desencadenar incendios.

La etiqueta lleva el símbolo de la llama en color negro sobre un fondo de franjas rojas y blancas verticales.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 4.1. Sólidos inflamables

4.2. Sustancias que pueden sufrir combustión espontánea al calentarse en contacto con el aire o durante el transporte. Como ejemplo podemos mencionar el carbón.

En este caso, la etiqueta está dividida en fondo blanco en la mitad superior y fondo rojo en la inferior. Muestra una llama de color negro sobre blanco.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 4.2. Sustancias que pueden sufrir combustión espontánea

4.3. Sustancias que en contacto con el agua pueden inflamarse como por ejemplo el sodio o el potasio. La etiqueta difiere de las anteriores en que tiene el fondo azul.

Etiquetas mercancías peligrosas clase 4.3. Sustancias que en contacto con el agua pueden inflamarse

5. Clase 5 de mercancías peligrosas: sustancias comburentes y peróxidos orgánicos

En este caso hay dos subcategorías:

5.1. Sustancias comburentes

Estos líquidos o sólidos favorecen la combustión, por lo que el contacto con otros materiales puede desembocar en incendios.

La etiqueta asociada porta el símbolo de la llama sobre un círculo. El color de fondo es amarillo y lleva el número 5.1 en la parte inferior.

Etiqueta mercancía peligrosa clase 5.1. Sustancias comburentes

5.2. Peróxidos orgánicos

Son derivados del peróxido de hidrógeno. Estas sustancias son extremadamente peligrosas y solo se pueden incluir ciertas cantidades en una unidad de carga.

La etiqueta que deben llevar exhibe una llama blanca o negra sobre el fondo mitad color rojo y amarillo. Le corresponde el número 5.2.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 5.2. Sustancias comburentes

6. Clase 6 de mercancías peligrosas: materias tóxicas e infecciosas

6.1. Sustancias tóxicas

Pueden provocar la muerte al ser ingeridas, al entrar en contacto con la piel o al ser inhaladas.

La etiqueta enseña el símbolo de la calavera en color negro sobre blanco. Lleva el número 6.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 6 Sustancias tóxicas

6.2. Sustancias infecciosas

En este caso, la mercancía peligrosa contiene microorganismos que pueden causar enfermedades.

La etiqueta debe contener el símbolo de tres lunas superpuestas sobre un círculo en negro y fondo blanco. Además, tienen el mensaje de que son “sustancias infecciosas” y el aviso de que “en caso de daño, derrame o fuga, es necesario avisar a las autoridades sanitarias”.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 6 sustancias infecciosas

 

7. Clase 7 de mercancías peligrosas: sustancias radioactivas

Estas mercancías peligrosas tienen elementos radiactivos como el uranio o plutonio. Existen tres categorías de este tipo dependiendo de su nivel de radiación y una dedicada al material fisionable.

Las etiquetas de las tres primeras categorías ( I, II y III) muestran el símbolo de trébol radiactivo y muestran los datos respecto al contenido, cantidad y actividad a la que se destinan.

La categoría II y III indican una mayor peligrosidad y comparten el color amarillo de fondo en la mitad superior.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 7 elementos radiactivos I, II, III

La etiqueta del material fisionable es blanca y debe incluir la leyenda: “fisionable” en color negro. En la parte inferior tiene que mostrar el “Índice de Cuidado Crítico” y el número 7.

Etiqueta mercancía peligrosa clase 7 material fisible

 

8. Clase 8 de mercancías peligrosas: sustancias corrosivas

Este tipo de materias dañan la piel al entrar en contacto con ellas. También pueden producir envenenamiento por inhalación o ingestión. Ejemplos de ellas son el ácido sulfúrico o el hipoclorito sódico.

La etiqueta cuenta con el símbolo de dos tubos de ensayo vertiendo su contenido sobre una superficie y sobre una mano. El fondo de la parte superior es blanco frente a la figura en negro. La parte inferior es de color negro y tiene la palabra “corrosivo” y el número 8.

Etiqueta mercancía peligrosa clase 8 sustancias corrosivas

9. Clase 9 de mercancías peligrosas: sustancias que presentan peligros diversos

Estas materias presentan algún tipo de riesgo que no está incluido en los anteriores apartados. Aquí se incluye por ejemplo el hielo seco que se utiliza para refrigerar distintos productos.

La etiqueta de este apartado presenta franjas verticales en blanco y negro en la mitad superior y, en la inferior, figura el número 9 sobre un fondo blanco.

Etiqueta mercancías peligrosas clase 9 sustancias que presentan peligros diversos

Para finalizar, tenemos que mencionar que todas estas etiquetas deben contar con forma de rombo y unas dimensiones de cómo mínimo 100 x 100 mm.

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El sector logístico logró en España en 2018 un incremento en su cifra de negocios del 5,6%

Fuente: diariodelpuerto.com

El Instituto Nacional de Estadística (INE) publicó ayer los datos de cifra de negocios del sector servicios correspondientes al año 2018, que en lo que respecta al sector del transporte y el almacenamiento arrojan un crecimiento del 5,6%.

La cifra es significativa porque en 2017 se produjo un crecimiento del 6,5%, el mayor desde el final de la crisis, por lo que volver a crecer en 2018 por encima del 5% supone un éxito relevante.

El gran motor del sector del transporte en España en 2018 fue el modo aéreo, con un crecimiento de su cifra de negocios al cierre del año del 9,9%, logrando hitos parciales como el incremento del 15,5% en el mes de diciembre, sin ir más lejos.

El segundo subsector más dinámico el año pasado en cuanto a cifra de negocios fue el transporte marítimo, con una subida del 6,8%.

La otra actividad que cerró el año con un incremento por encima del 6% fue el almacenamiento y las actividades anexas al transporte, en concreto un 6,0% tras crecer en diciembre un 4,2%.

El crecimiento más contenido se produjo en el transporte por ferrocarril, con una subida del 3% tras un retroceso en el mes de diciembre del 1,3%.

La cifra de negocios del transporte de mercancías por carretera creció en diciembre un 2,7% para cerrar el año con un incremento del 5%.

Por su parte, las actividades postales y de correos crecieron un 4,8% con un incremento en diciembre del 4%.

Estabilidad

Hay que poner en valor que el comportamiento medio del sector logístico en cuanto a cifras de negocios en 2018 fue muy estable.

Al cierre del primer semestre el crecimiento del sector era del 5,6%, exactamente el mismo que al final del ejercicio. En esta misma línea, el crecimiento acumulado al cierre del tercer trimestre era del 5,5%.

Con respecto al ecuador de 2018, el transporte por carretera ha perdido tres décimas de crecimiento; el transporte ferroviario ha ganado una décima; el transporte aéreo ha ganado tres décimas; el transporte marítimo ha ganado cuatro décimas; y las actividades de correo han ganado tres décimas.

El almacenamiento y las actividades anexas al transporte perdieron con respecto al primer semestre una décima.

Transpaletas manuales y eléctricas: ¿En qué se diferencian?

Fuente: logismarket.es

Las prioridades de los profesionales del almacén suelen ser diversas cuando se trata de elegir equipos de manutención. Hay responsables de almacén que prefieren contar con mayor capacidad de carga, algunos se inclinan por la maniobrabilidad y otros se decantan por la contención de costes o la estimación de durabilidad.

Hoy hablamos en particular de las diferencias entre transpaletas manuales y eléctricas. Esta elección supone una duda frecuente y la toma de decisión debe ser meditada teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada uno.

 

1. Transpaleta manual: ventajas y desventajas

Transpaleta manual en un almacénLas transpaletas manuales son el modelo más sencillo de esta familia de equipos de manutención. Cuentan con una doble horquillatres ruedas y un mango dotado de freno. Para elevar y transportar la carga se sirve de un sistema de elevación hidráulico que se acciona manualmente.

En general, soportan un peso de entre 2500 y 3000 kg, aunque esto depende de las funcionalidades de cada una. Por ejemplo, las transpaletas de tijera elevan mercancías a una mayor altura, pero en general tienen una resistencia de 1000 kg.

 

– Ventajas de las transpaletas manuales:

  • Su uso está muy extendido debido a su coste reducido.
  • No tienen componentes eléctricos, de modo que los costes de mantenimiento son menores que los de las transpaletas eléctricas. Por esto mismo, las reparaciones son más rápidas. El mantenimiento preventivo es también más económico ya que se pueden adquirir kits de reparación con ruedas de repuesto para transpaletas.
  • Las transpaletas manuales son muy resistentes al paso del tiempo y al uso. La mayoría están fabricadas en acero y cuentan con una pintura de protección galvanizada.
  • Su manejo es sencillo.
  • Herramienta muy versátil, está preparada para transportar todo tipo de palés. En el mercado existen variaciones adaptadas a cada casuística como por ejemplo para portar bidones.

 

– Desventajas de las transpaletas manuales:

  • El operario puede sufrir lesiones derivadas del uso de transpaletas manuales, ya que exigen el uso de su fuerza manual.
  • Por su naturaleza manual, son más engorrosas de utilizar.
  • Son limitadas en cuanto al peso que pueden transportar. Ya que dependen de la fuerza del empleado, no es recomendable forzarlas a cargar el peso máximo.

Existe un subtipo de transpaleta manual que incorpora una báscula para calcular los pesos de cada carga. Son las llamadas transpaletas de pesaje.

 

2. Transpaleta eléctrica: ventajas y desventajas

Transpaleta automática en el almacénLas transpaletas eléctricas son la evolución natural de las manuales. El mecanismo hidráulico es sustituido en este caso por un sistema automático que libera al trabajador de aplicar la fuerza. En general ocupan más sitio que las anteriores y algunas cuentan con sitio para que transporten también al trabajador.

 

 

– Ventajas de las transpaletas eléctricas:

  • Ya que el empleado no realiza un esfuerzo físico, es menos probable que sufra una lesión derivada del trabajo con transpaletas eléctricas.
  • Existe una amplia oferta de transpaletas eléctricas dependiendo de cuánto peso pueden soportar, así que es fácil encontrar una que se ajuste a las necesidades de carga de tu empresa.
  • Son ideales para recorrer grandes distancias y ahorrar tiempo en los desplazamientos.

 

– Desventajas de las transpaletas eléctricas:

  • El desembolso inicial es más importante que el de las transpaletas manuales, aunque el coste puede ser amortizado con la mejora de la productividad.
  • El coste de mantenimiento es mayor ya que cuenta con componentes eléctricos y, además, puede conllevar una paralización de la herramienta más larga.
  • Puede conllevar riesgos parar la máquina cuando se transportan cargas muy pesadas.
  • Requiere de mayor entrenamiento y formación para los operarios que la manejen.

Este es el panorama general de la comparación entre transpaletas manuales y transpaletas eléctricas. Para decidir cuál conviene más a tu empresa, considera todos los puntos resaltados y, sobre todo, las características específicas de tus productos y de tu almacén.

Puertos Españoles 2018: Los «MÁS»

Fuente: diariodelpuerto.com

El cuarto ejercicio consecutivo de récord histórico de tráficos en los puertos españoles, tras la profunda crisis económica del periodo 2008-2013, esconde un resultado, no obstante, algo alejado de lo inicialmente previsto.

A comienzos del año pasado las previsiones hablaban de un incremento entre el 5 y el 7% para cerrar el año en torno a los 565 millones de toneladas. Eso sí, ya se preveía entonces un segundo semestre más complicado, dada la fortaleza de ese periodo en 2017, que es lo que al fin y a la postre ha hecho que en 2018 los puertos finalmente se quedaran en los 563,4 millones de toneladas, un 3,3% más pero un ratio que es la mitad del crecimiento de 2017.

En este contexto, hacer un repaso por “los más” del sistema portuario español es, de nuevo, acercarse a la diversidad de dimensiones y fortalezas de un conjunto de puertos con unos líderes muy sólidos y, al mismo tiempo, una serie de enclaves que año a año muestran una proyección cada vez más consolidada.

Entre los primeros sobresale Bahía de Algeciras, un año más el puerto español con más tráfico, 107,15 millones de toneladas, avanzando con claridad por encima de los 100 millones.

Valencia, en segundo lugar con 76,62 millones de toneladas, volvió a ver cómo Barcelona le sigue recortando terreno. Si hace dos años les separaban más de 21 millones de toneladas, el año pasado ya fueron solo algo menos de 9 millones al mover el enclave catalán 67,87 millones.

Bilbao escaló un puesto en 2018 para recuperar la cuarta plaza con 35,69 millones de toneladas, completando el quinteto de cabeza Cartagena, con 33,76 millones.

No hubo variación en los cinco puertos con menos tráfico, aunque sí en su orden. Melilla ahondó su posición en la cola cayendo por debajo del millón de toneladas (871.317), seguida de Vilagarcía, Ceuta, Marín y Motril, mejorando este último enclave dos puestos tras crecer un 20,78%.

Precisamente el enclave andaluz fue el que más creció en porcentaje de todo el sistema en 2018, seguido de Castellón (+18,02%), Málaga (+13,58%), Almería (+10,65%) y Barcelona  (+10,60%).

Los puertos que más tráfico perdieron en porcentaje fueron   Melilla (-24,4%), seguido de Gijón (-9,8%), Alicante (-7,46%), Tarragona (-4,8%) y Tenerife (-4,66%).

Fuente OPPE: Tabla: Grupo Diario.
Fuente OPPE: Tabla: Grupo Diario.

En cuanto al crecimiento en toneladas, que da una dimensión más real de la evolución, el puerto que dio un mayor salto en 2018 fue, al igual que en 2017, el puerto de Barcelona con 6,5 millones de toneladas más, seguido de Algeciras con 5,6 millones de toneladas más, Castellón con 3,2 millones de toneladas más, Valencia con 3,06 millones de toneladas más y Bilbao con 1,39 millones de toneladas más.

El mayor retroceso en toneladas lo vivió Gijón. Tras ganar 3,38 millones en 2017, perdió 2,13 millones en 2018. Tarragona perdió 1,61 millones, Cartagena 921.522 toneladas, Tenerife 637.668 y Melilla 281.237.

Tal y como ayer adelantó Diario del Puerto, en 2018 la evolución de la mercancía general volvió a ser clave en el sistema portuario español, tras elevar su cuota de participación en el tráfico total al 47,47% tras crecer un 5,95%.

El puerto con mayor tráfico de mercancía general el año pasado fue de nuevo Valencia, en un ranking en el que no hubo cambios.

El enclave levantino lideró la clasificación con 71,97 millones de toneladas, seguido de Algeciras con 69,05 millones, Barcelona con 46,45 millones, Las Palmas con 16,7 millones y Baleares con 13,07 millones.

Al igual que en el tráfico total, Barcelona también fue el puerto que más creció en mercancía general en 2018 con 5,33 millones de toneladas más, seguido de Valencia con 4,2 millones de toneladas más y de Bahía de Algeciras, que entró en este ranking de mayor crecimiento con 3,59 millones de toneladas más.

Baleares, como cuarto puerto con mayor tráfico de mercancía general, creció en 831.290 toneladas, mientras que Bilbao ascendió al quinto lugar con un tráfico añadido de 468.703 toneladas.

Fuente OPPE: Tabla: Grupo Diario.
Fuente OPPE: Tabla: Grupo Diario.

Siguiendo con el análisis por tipo de tráfico, en cuanto al tráfico ro-ro, que alcanzó los 61,94 millones de toneladas con un crecimiento del 6,67%, un año más Baleares lideró el ránking portuario con 12,97 millones de toneladas y un crecimiento del 6,7%, aupándose Valencia al segundo lugar tras crecer un 25,1% hasta los 11,82 millones de toneladas.

Barcelona ocupa el tercer lugar con 10,83 millones, seguido de Algeciras con 8,25 millones y Las Palmas, que entra en el grupo de cabeza con 4,24 millones.

Los puertos que más crecieron en toneladas en tráfico ro-ro fueron Valencia, con 2,37 millones de toneladas más, seguido de Baleares con 820.300 toneladas más, Algeciras con 540.461 más, Santander con 287.780 toneladas más y Bahía de Cádiz con 168.540 toneladas más.

Para cerrar este bloque, en lo que respecta a la mercancía en tránsito, como es habitual Algeciras lideró la clasificación con 69,70 millones de toneladas en tránsito, seguido de Valencia con 35,31 millones, Barcelona con 22,36 millones, Las Palmas con 11 millones y Huelva, aupada al quinto lugar con 4,66 millones y un crecimiento del 62,25%.

En toneladas, el puerto que más creció en tránsito fue Algeciras con 4,57 millones más, seguido de Barcelona con 4,19 millones más, Huelva con 1,78 millones más y Valencia con 1,15 millones más.

Fuente OPPE: Tabla: Grupo Diario.
Fuente OPPE: Tabla: Grupo Diario.

Criterios de evaluación de proveedores. ¿Cuáles tener en cuenta?

Fuente: logismarket.es

Uno de los errores comunes en el departamento de compras es dar por hecho que ya se ha llegado a un tope en cuanto al ahorro que pueden ofrecer los proveedores. Existe la creencia equívoca de que ya tenemos tan buenos precios, que solo el tiempo que invertir en buscar otro proveedor se “comería” el potencial ahorro. Esta idea encierra una gran inexactitud ya que solo sabremos si hay que cambiar de partner si realizamos una evaluación de proveedores medible.

¿Qué criterios tener en cuenta para un correcto análisis de proveedores? ¿Cómo detectar si los problemas con un proveedor son relevantes para su trayectoria? En este post desgranamos los principales factores que considerar.

 

Criterios para la evaluación de proveedores

La evaluación de los proveedores en cuanto a operatividad debe ser un procedimiento que aplicar de forma continua. Conviene comenzar con una evaluación inicial seguida de evaluaciones periódicas que funcionen como mecanismo de control. De esta forma, se podrá discernir si la empresa sigue cumpliendo con los requisitos marcados y también si hay progreso en las relaciones.

Los cuatro principales indicadores operativos giran en torno a los siguientes conceptos:

  • Los precios que ofrece el proveedor: se trata de examinar si se han producido sobrecostes respecto a lo planteado inicialmente y qué los ha originado. Este indicador sirve también para poder comparar las tarifas con las que ofrecen los competidores.
  • La calidad del suministro: analizar si el producto se adecúa a los requisitos técnicos iniciales o a nuevos requerimientos. Puede darse el caso de que la calidad esperada del producto no se corresponda con la real y, por tanto, sea necesario buscar otras alternativas.
  • El respeto a los plazos de entrega: el incumplimiento de los plazos de entrega es uno de los criterios más importantes a la hora de evaluar a un proveedor. Este indicador muestra si se ha ajustado a las necesidades y los pedidos llegan en el instante acordado, ni antes ni después.
  • El nivel de servicio que ofrece el proveedor: este punto es también clave para evaluar al proveedor y las dificultades relacionadas con el mismo pueden acelerar un potencial cambio. Este criterio hace referencia a cuestiones como las siguientes: ¿qué ratio de error hay en las cantidades entregadas? ¿Han llegado productos defectuosos o incorrectos? ¿Cómo se gestionan las devoluciones? ¿El servicio que dan facilita el procesamiento de pedidos?

Estos criterios están en la base de evaluación de proveedores exigida por la norma ISO 9001. Esta normativa reconoce internacionalmente a aquellas empresas que aplican este sistema de gestión de calidad optimizado a todos sus procesos. El objetivo de esta norma es instaurar un método de evaluación y mejora continua que siga la máxima PDCA: planificar, hacer, comprobar y actuar.

Reunión para seleccionar los criterios de evaluación de proveedores

 

Cómo implantar la evaluación de proveedores en tu departamento de compras

La elección de criterios de evaluación de proveedores representa la base sobre la que se edificará el sistema de análisis y control de los mismos. Una vez que tenemos los indicadores con que vamos a medir el rendimiento, hay que continuar implantándolo en el departamento. Para ello, el proceso completo consta de los siguientes pasos:

  1. Determinar los criterios de evaluación de proveedores.
  2. Elaborar un método para recopilar la información sobre su desempeño.
  3. Diseñar la forma uniformizada gracias a la que se va a representar esta evaluación de proveedores con formatos e indicadores concretos.
  4. Poner en marcha los procedimientos en el departamento.
  5. Marcar la comunicación con los proveedores para compartir el feedback sobre la relación.
  6. Medir el impacto de este marco de evaluación de proveedores: ¿cómo ha mejorado el desempeño del departamento de compras y la consecución de sus objetivos?

 

Hasta 20 autoridades portuarias son favorables a una nueva estructura del sistema portuario

Fuente: diariodelpuerto.com

Puertos del Estado no sólo ha hecho públicas las conclusiones de las respuestas de las autoridades portuarias al cuestionario sobre el Marco Estratégico. También ha publicado el informe completo sobre dichas respuestas, con posicionamientos sumamente interesantes, como el relativo a la composición del sistema portuario, hasta el punto de que 20 de las 28 autoridades portuarias están a favor de acometer en mayor o en menor medida procesos de segregación o concentración de puertos, todo un indicador de cómo esta cuestión puede llegar a condicionar el futuro Marco Estratégico.

De las 28 autoridades portuarias, un total de 12, es decir, el 42,9%, han manifestado, según OPPE, “la conveniencia o necesidad de iniciar una acción o reforma a escala del sistema portuario, encaminada a dar cabida a procesos de segregación, clasificación o agregación de puertos de interés general o directamente de autoridades portuarias”.

No obstante, otras 8 (28,6%) han apuntado en los cuestionarios medidas en el mismo sentido, aunque con menor alcance, o sujetas a ciertas condiciones. Es decir, más del 70% de las autoridades portuarias son favorables a redefinir en mayor o en menor medida la actual estructura de puertos y autoridades portuarias.

Incluso hay 4 autoridades portuarias, según Puertos del Estado que, sin apoyar este tipo de procesos directamente, sí admiten en sus respuestas “la posibilidad de concentrar la gestión de puertos muy próximos, si bien no en el momento actual”.

Sólo tres autoridades portuarias rechazan frontalmente las concentraciones o segregaciones.

A partir de aquí, las propuestas de segregación o concentración son diversas, lo que dificulta el enfoque de cara a posibles acciones futuras, pues incluso entramos en ámbitos competenciales.

Así, por bajar al detalle, en primer lugar hay que señalar que del conjunto de respuestas obtenidas en la consulta solo dos autoridades portuarias abogan por la transferencia de puertos a las comunidades autónomas, aunque según Puertos del Estado “de manera radicalmente distinta entre sí”.

En un caso, la petición de transferencia hace referencia a que se entregue a la comunidad autónoma un puerto de dimensión relevante.

Mientras, en el otro caso, la propuesta de transferencia es la de una serie de puertos de pequeño tamaño, “de forma similar a la reforma francesa del año 2008”, precisa OPPE.

Por continuar abundando en las propuestas, hay tres autoridades portuarias, todas ellas gestoras de puertos de gran dimensión que, sin proponer transferencias a comunidades autónomas, sí plantean una clasificación de puertos de interés general en dos grupos: por un lado, puertos de mayor tamaño, en número sin determinar, al que se les asignaría mayor grado de autonomía de gestión; y, por otro, puertos de mediano y pequeño tamaño, a los que cabría someter a un control mayor, incluso a una ayuda financiera justificada por parte de los puertos de gran dimensión o entre sí.

De entre las autoridades portuarias favorables a “una reorganización polarizadora”, OPPE asegura que “una parte significativa remite a hacer una clasificación según la introducida desde las instituciones europeas en diciembre de 2013, con motivo de la última revisión de la Red Transeuropea de Transporte (RTE-T), distinguiendo entre puertos de la red básica y puertos de la red global.

Por lo que se refiere a las propuestas de concentración de puertos y autoridades portuarias para acometer una gestión con un número más reducido de autoridades portuarias, también son diversas.

Hay quien propone una reformulación en profundidad del número de autoridades portuarias a escala global y hay quien se limita a sugerir agrupaciones puntuales en ciertas fachadas o áreas marítimas acotadas, referidas a puertos situados muy próximos.

En algún caso, incluso, lo que se menciona es la posibilidad de una concentración de determinados servicios, a fin de que éstos sean sometidos a una regulación compartida por varios puertos, dejando en tal caso los puertos sin fusionarse.

Con todo, según advierte OPPE, ninguna de las propuestas de agrupación de puertos bajo una misma Autoridad Portuaria va más allá de la misma comunidad autónoma.

Puertos del Estado interpreta con ello que “cualquier proceso integrador o fusionador puede desatar todavía mayor tensión interterritorial de la que existe hoy día”.

Hay, por último, una respuesta de una autoridad portuaria que lleva su propuesta de agregación de puertos hasta sus últimas consecuencias, proponiendo un modelo similar al de AENA, es decir, situando todos los puertos bajo un único órgano de gestión.

¿Qué es el ADR en el transporte de mercancías peligrosas?

Fuente: logismarket.es

Dentro de la enorme variedad de tipos de mercancías encontramos unas muy particulares: las mercancías peligrosas. El transporte de estas sustancias está sujeto a una estricta normativa que regula su traslado, almacenaje y manipulación. ¿Qué es el ADR entonces?

El ADR hace referencia al “Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera”. El origen de las siglas ADR se encuentra en su denominación en inglés : European Agreement concerning the International Carriage of Dangerous Goods by Road o en francés : Accord Européen Relatif au Transport des Marchandises Dangereuses par Route.

Este acuerdo se revisa cada dos años por el grupo de trabajo WP.15 del Comité de Transportes Interiores de la Comisión Económica para Europa (CEPE / UNECE). En el Ministerio de Fomento puedes consultar y descargar la última actualización del ADR de 2017 en pdf.

 

1. ¿Qué es el ADR? ¿Qué regula?

El ADR tiene el objetivo de facilitar el transporte de mercancías peligrosas y, sobre todo, garantizar las condiciones de máxima seguridad para este tipo de sustancias.

Cisterna con la señalización marcada por el ADR

El ADR para el transporte de mercancías peligrosas por carretera:

  • Enumera una lista de todas las mercancías peligrosas que se pueden transportar por carretera.
  • Indica el tipo de envases y embalajes que se deben utilizar para este tipo de sustancias.
  • Detalla el etiquetado y la señalización requerido para las cargas de mercancías peligrosas y los vehículos.
  • Define la documentación imprescindible para poder realizar el transporte.
  • Da instrucciones sobre cómo realizar la carga, estiba y descarga de mercancías peligrosas.
  • Especifica la formación exigida a las personas implicadas en el transporte.

 

2. Dónde se aplica el ADR

El acuerdo ADR debe aplicarse a todo transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera entre los países que ratificaron el acuerdo. En la web de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE por sus siglas en inglés) puedes consultar el listado completo de los 49 países adheridos al ADR, siendo la mayoría europeos.

El propio ADR no fija ninguna sanción. Si se incumplen las normas, las autoridades nacionales podrán actuar contra el transportista aplicando su propia legislación. En España, el transporte nacional de mercancías peligrosas también se realiza en base al ADR siguiendo la Directiva 94/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

 

3. Otras normativas de mercancías peligrosas según el tipo de transporte

Además del ADR para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, el resto de transportes también cuentan con normativa específica:           

  • El reglamento RID en transporte por ferrocarril: una normativa a nivel europeo que se actualiza cada dos años, siendo el reglamento RID de 2017 la versión ahora vigente. En España, el RID se aplica tanto al transporte de mercancías por tren nacional como internacional.
  • El convenio IMDG en transporte marítimo: se trata del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, una normativa publicada por Organización Marítima Internacional (OMI). La nueva edición del código marítimo de mercancías peligrosas es la de 2016, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2018.
  • Las Instrucciones técnicas de la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea.
  • El ADN (Accord Européen Relatif au Transport International Des Marchandises Dangereuses Par Voies de Navigation Intérieures) para transporte fluvial de mercancías peligrosas. España no está adherida a este último.

 

Las revisiones de estas normativas están tendiendo a unificar los requerimientos. Ya existe una uniformidad en cuanto a la documentación, al embalaje y a las etiquetas con el objetivo de simplificar el transporte multimodal.